Carácter de los Avisos a los Navegantes.
Estos pueden ser:
- Definitivo.
- Este tipo de aviso corrige en forma "Permanente" las Publicaciones y las Cartas Náuticas que afecta.
- Temporario.
- Este aviso informa a los navegantes sobre una novedad que deben considerar mientras subsista la causa que la motivó. Corrige las cartas y publicaciones afectadas en forma "Temporaria". Su texto indica claramente esa condición. Avisos Definitivos posteriores deben anular su vigencia al desaparecer la causa que lo motivó.
- Preliminar.
- Con este tipo de aviso se anticipa información a los navegantes cuando aún no se poseen datos exactos o completos sobre una novedad a ser por ellos considerada. Corrige las publicaciones y las cartas que afecta en forma "Preliminar". Su texto indica claramente esa condición. Avisos Preliminares o Definitivos posteriores, deben completar la totalidad de la información sobre la novedad considerada.
- Informativo.
- Comunica novedades o noticias de todo tipo que interesan al navegante. Puede ser de carácter transitorio y sujeto a frecuentes cambios. No corrige las cartas ni las publicaciones que afecta. Su texto indica claramente su condición.